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Las torpezas de Garicano: su segunda reforma de la universidad. Segunda parte

Habíamos dejado al experto en reformas educativas Luis Garicano solicitando la barra libre en contrataciones del profesorado como remedio al mal del caciquismo universitario. En términos generales, la idea de Garicano se sustenta sobre la premisa que si se logra un adecuado alineamiento de incentivos positivos y negativos los departamentos tendrán un interés sincero en atraer a los mejores. Es la clásica reproducción del mercado que, mediante la libre competencia, logra una distribución eficaz de las recompensas y castigos. Obviamente, cómo lograr que el sistema educativo superior funcione como el mercado de bicicletas es algo bastante imposible y que el mismo Garicano reconocía al principio de su informe al admitir que el conocimiento era una especie de bien público. Por lo tanto, toda la propuesta de Garicano se sustenta sobre la pretensión de someter nuestra realidad a un mantra abstracto y absurdo, el mercado ideal perfectamente competitivo.

En teoría, podemos suponer que el caso empírico que más se aproximaría a ese ideal sería el modelo norteamericano y que, en el fondo, Garicano aspira a convertirnos en un remedo de los Estados Unidos. En este sentido, esto plantearía un grave problema porque las universidades norteamericanas responden a otra realidad completamente distinta que se ha conformado históricamente de una forma específica y, en consecuencia, su modelo no puede trasladarse a este país sin la presencia de un dictador tecnocrático con poderes absolutos que pudiese hacer tabula rasa con todas las leyes de este país y construir uno de nuevo desde la nada. Es decir, un estado totalitario que dejaría a los soviets en liberales anglosajones amantes del derecho consuetudinario.

Es evidente que Garicano desconoce por completo la historia de las universidades norteamericanas. Si no fuese así, conocería el famoso pleito de 1819 Dartmouth College v. Woodward cuya sentencia redactada por el juez Marshall del Tribunal Supremo (el auténtico padre del concepto de propiedad privada sin límites de los Estados Unidos) estableció que las universidades eran corporaciones privadas exactamente iguales a cualquier empresa privada y protegidas ante cualquier injerencia pública de tal forma que, por ejemplo, a los profesores universitarios no les asistía el derecho a la libertad de cátedra o de libertad religiosa. Es un detalle importante remarcar que los Estados Unidos de América ha sido y es el país occidental con menor libertad de cátedra por no decir, simplemente, que no existe, como sabemos todos los que trabajamos para una universidad norteamericana.

Por otra parte, su sistema de contrataciones se caracteriza por… el amiguismo, el clientelismo y la endogamia (¡sorpresa!), aunque el sistema está tamizado por el mercado. Es decir, si pagas un doctorado caro en una universidad considerada de prestigio tendrás trabajo, si no lo pagas no. El primer estudio sistemático realizado sobre la política de contrataciones ha demostrado que la productividad científica o la experiencia no importaban, sino que importaban los contactos hechos durante el doctorado en una universidad considerada de prestigio. Sorprende, por cierto, que Garicano desconozca dicho estudio, porque en el blog Nada es Gratis publicaron un buen resumen en español. Por lo tanto, si la libertad y autonomía total que propone Garicano en las contrataciones no impide el clientelismo en su país de referencia, es difícil imaginar que los resultados de aplicar dicha política en España podrían ser mejores.

En realidad, resulta complicado visualizar qué universidad española conoce Garicano y más aún si se ha molestado en leer las leyes que la regulan. Respecto de la carrera académica, nos dice (pág. 9) que Además, se deben restringir los contratos temporales a las figuras originalmente previstas (lo que se aplica, especialmente, a los profesores asociados transformados en los nuevos PNN ), establecimiento de plazas del tipo tenure track (por ejemplo, del programa Ramón y Cajal), siempre bajo el principio de promoción o salida (en inglés, ‘up or out’). Perfecto, la LOMLOU 4/2007 ya establece esas limitaciones para los contratos de asociado. El problema es por qué unos departamentos sí cumplen con dichas leyes y por qué otros departamentos no las cumplen. El problema es que los asociados dan 18 créditos de clase (más que los titulares) y cobran menos de 500 euros al mes y, por eso mismo, han sido empleados masivamente por los rectorados porque permiten aumentar la carga lectiva a un coste ridículo mientras se tiene a los titulares contentos. Esto, por cierto, es exactamente lo mismo que ocurre en Estados Unidos como sabemos todos los que, a diferencia de Garicano, sí nos importan estos temas y nos dedicamos profesionalmente a ellos. Sobre la situación de los asociados en USA se puede leer: Are Adjunct Professors the New Fast-Food Workers? o The Adjunct Revolt: How Poor Professors Are Fighting Back. Sobre la carrera académica en España mi informe de 2011: http://www.jovesinvestigadors.org/blog/wp-content/uploads/2013/07/Informe-PAD-Oficial.pdf

De igual modo, es ridícula la referencia a las plazas tenure track, porque ese modelo ya existe en España a imitación del anglosajón: Profesor Ayudante Doctor, Profesor Contratado Doctor y Profesor Titular (funcionario). De hecho, los contratos Ramón y Cajal siempre han estado sometidos al principio de promoción o salida. El problema real es que a la gran mayoría de RyC jamás se les ha permitido la promoción y se les mantiene durante años en limbos jurídicos y contractuales. Como siempre, Garicano no sabe de lo que habla.

En definitiva, que Garicano dice: hágase la justicia, pero no nos explica cómo se va a hacer y quién la aplicará, pero menos aún nos explica que cómo es posible que ya tengamos hechas esas leyes y muchos departamentos se las salten olímpicamente. Como tengo dos juicios pendientes con mi antigua universidad, puedo explicar rápidamente por qué se la saltan: porque casi nadie les lleva a juicio cuando incumplen la ley. Es así de simple, tenemos una buena ley que regula los conflictos de intereses en las comisiones de contratación y que podría limitar la proliferación de los casos de malas prácticas si los afectados denunciásemos. Es así de sencillo y difícil a la vez, como todos los problemas de este país. Por el contrario, con las propuestas de Garicano estaríamos completamente indefensos ante la arbitrariedad de los departamentos.

Por otra parte, la contradicción absoluta de Garicano dice que debemos hacer normas anti burocracia, pero todas sus medidas exigen de burocracia. Pide (pág, 10) Someter a evaluación a todo el PDI del sistema universitario, pero no nos dice por quién, ni con qué criterios ni con qué consecuencias, más allá de ampliar el número de sexenios. En la misma página propone Los procesos de elección del PDI deben valorar el conocimiento y la investigación, excluyendo cursillos vacíos, gestión y todo lo que no implique una mayor competencia del candidato en la materia de que se trate. La gestión no es conocimiento; valorarla como mérito para el PDI sólo sirve para que se genere más burocracia; pero se olvida de especificar de qué contrataciones habla. Si se trata de Profesores Ayudantes Doctores (el inicio teórico de la carrera), los méritos de gestión no se valoran (de nuevo Garicano pide algo que ya existe), mientras que si se trata de promociones a titular o catedrático se suelen puntuar los méritos de gestión porque, en caso contrario, nadie querría asumir las ingratas tareas de carácter burocrático. Si quiere proponer una carrera de burócrata universitario con poder de gestión académica que no sea académico, que lo proponga, aunque en ese caso no estaría pidiendo menos burocracia, sino más burócratas y gestores al igual que ocurre en el modelo norteamericano. Gestores “profesionales” que, como ocurre en Estados Unidos, cobrarían más que los profesores y terminarían transformando las universidades en sus negocios particulares para hacer caja disparando su endeudamiento hasta que las entidades quebrasen. En este sentido, sería interesante que Garicano nos explicase si realmente este es su modelo, porque, como veremos en la siguiente entrada, es del todo imposible ver qué modelo de universidad está proponiendo Garicano.

SIRERA MIRALLES

Carles Sirera Miralles (València, 1981) is a Spanish historian and adjunct professor in the University of Valencia. His principal lines of research focused on the problems of the democratization in Europe, especially during the end of Nineteenth Century and the beginnings of the Twentieth Century. As social historian, he has wrote about the sports and sociability and his thesis, Un título para las clases medias, is one of the most completed and relevant studies on the subject of the secondary school in Spain. His intellectual influences are the Alltagsgeschichte school, Norbert Elias, Fritz K. Ringer and all historians who, although the limitations of our discipline, think that is possible reach some kind of valid, useful and interesting knowledge.

One thought on “Las torpezas de Garicano: su segunda reforma de la universidad. Segunda parte

  • Hola Carles

    Garicano como buen neoliberal es el ejemplo perfecto de la tesis de David Graeber en la Utopía de la reglas, cuando enuncia la Ley de hierro del liberalismo. “Cualquier reforma del mercado, cualquier iniciativa del gobierno destinada a reducir los trámites y promover las fuerzas de mercado tendrá como efecto final el aumento del número total de regulaciones, el incremento del papeleo y del número total de burócratas que el gobierno emplea”. http://autonomiaybienvivir.blogspot.com.es/2015/04/burocracia-la-utopia-de-las-reglas.html

    Encaja como un guante también en la teoría de la doble verdad de Philip Mirowski sobre el colectivo de pensadores neoliberales y sus métodos.

    Gracias por la ardua labor de desenmascarar a estos “expertos” de pacotilla. Ya sabes que los neolcásicos consideran su disciplina no en relación a un campo de estudio sino un método aplicable a casi la totalidad del universo. No hay nada más valiente que la ignorancia.

    Saludos

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